1. Objetivo
Establecer los principios que promuevan una cultura de igualdad laboral y no discriminación en la organización y garantizar la igualdad de oportunidades para todo el personal que integra la plantilla, de acuerdo con el AX-JU-05 Mecanismo para prevenir, atender y sancionar actos de violencia laboral y discriminación así como con lo establecido en la fracción III del Artículo 1º de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación LFPED) que a la letra dice:
““Discriminación: para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia”.
2. Alcance
Aplica para todo el personal que colabora en INGENIERÍA E INSTALACIONES ESPECIALES, S.A. DE C.V., sin importar su rango, jerarquía o función, e independientemente del centro de trabajo en donde este prestando el servicio y del tipo de contrato laboral que tengan celebrado, haciéndose extensivo el ámbito de aplicación al personal de empresas colaboradoras o subcontratadas, y a cualquier tercero que de cierta manera tenga algún tipo de vínculo jurídico con la organización; lo anterior sin que sea un reconocimiento por parte de INGENIERÍA E INSTALACIONES ESPECIALES, S.A. DE C.V. de cualquier tipo de relación laboral que pudiera existir por hacer extensivo el presente protocolo.
3. Desarrollo
Lineamientos generales
Queda estrictamente prohibida cualquier conducta o acción de maltrato, violencia, discriminación y segregación de las autoridades de nuestro centro de trabajo hacia el personal y entre el personal en materia de:
- Apariencia física
- Cultura
- Discapacidad
- Idioma
- Sexo
- Género
- Edad
- Condición social, económica, de salud o jurídica.
- Embarazo
- Estado civil o conyugal
- Religión
- Opiniones
- Origen étnico o nacional
- Preferencias sexuales
- Situación migratoria
- Identidad o filiación política
- Antecedentes penales
- Misoginia
- Xenofobia
- Segregación racial
- Antisemitismo
Principios generales en materia de igualdad laboral y no discriminación con los que se rige IIESA
- Respeto a los derechos humanos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana de quienes trabajan en la organización.
- Respeto a las diferencias individuales de cultura, religión, origen étnico, ideas, aportaciones, sexo, edad, origen social, nacionalidad, orientación sexual, filiación política o jerarquía, misoginia, xenofobia, segregación racial, antisemitismo.
- Igualdad salarial y de oportunidad de empleo con base en un tabulador salarial único, que se aplica sin distinción de sexo o condición alguna.
- Igualdad de oportunidades y de desarrollo laboral para el personal.
- Imparcialidad en los procesos de contratación, sin importar: raza, color, religión, género, orientación sexual, estado civil o conyugal, nacionalidad, discapacidad, condición de salud o embarazo o cualquier otra situación protegida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes federales, estatales o locales.
- Reconocimiento al mérito para el otorgamiento de compensaciones, beneficios, sin hacer diferencia alguna entre el personal que desempeña funciones de responsabilidad similar, garantizando la igualdad salarial.
- Imparcialidad en la participación equitativa de mujeres y hombres en programas de capacitación y formación que desarrollen sus potencialidades y favorezcan su crecimiento profesional y personal.
- Respeto al derecho de las personas para alcanzar un equilibrio en su vida personal, familiar y laboral, con igualdad de oportunidades.